lunes, 6 de agosto de 2012

SE PROHIBE COBRO DE ESPECIES VALORADAS A ESTUDIANTES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS


La Coordinación General Administrativa y Financiera del Ministerio de Educación mediante oficio circular N° 36 – CGAF-2012 dirigido a los  Rectores de Instituciones Educativas Públicas, Directores de establecimientos educativos y responsables financieros de las Entidades Operativas Desconcentradas (EOD’S) dispuso la prohibición del cobro de Especies Valoradas por cualquier concepto a los estudiantes de las instituciones educativas públicas, todo esto enmarcado sobre la base del artículo 348 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 2 literal gg de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) en el que se establece la gratuidad de la educación pública.

La venta de otras especies valoradas al sector educativo privado se enmarcará en lo que dispone el Acuerdo Ministerial 4599 del 26 de noviembre del 2002, y será de responsabilidad de la unidad de especies valoradas de cada Dirección Provincial de Educación su registro y control.

Cualquier novedad en la aplicación de esta disposición, deben hacerla al correo: denuncias.cobro.especies@educacion.gob.ec

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