La Coordinación
Educativa Zona 5 mediante circular N° 073- CZ5-2012 dirigida a los Directores
Distritales de Educación del Guayas, Los Ríos, Santa Elena, Bolívar y
Galápagos, Directores y Rectores de los planteles educativos fiscales,
particulares y fiscomisionales dio a conocer las disposiciones para la
finalización del periodo lectivo 2012-2013, estableciendo:
Se prohíbe el cobro
a los estudiantes y/o padres de familia para los derechos de exámenes,
celebraciones de fiestas de navidad y/o fin de año, graduaciones; así como las
elecciones de princesitas de navidad.
Deberá cumplirse el
cronograma establecido a inicios del periodo lectivo, para lo cual está
prohibido suspender clases, bajo ningún concepto.
En cumplimiento al
Oficio N° 00060-VGE-2012 suscrito por la Dra. Mónica Franco Pombo, Viceministra
de Gestión Educativa, quien indica que en la Ley Orgánica de Educación
Intercultural, en su Artículo 132, Literales e.; y, k., prohíben el prestar las
instalaciones educativas y el ordenar la asistencia de estudiantes, personal
docente y administrativo, a actos de proselitismo político. El Código de la
Niñez y Adolescencia en su Artículo 52.2, prescribe que se prohíbe la
utilización de niños, niñas y adolescentes en programas o espectáculos de
proselitismo político o religioso.
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