martes, 4 de septiembre de 2012

SE PROHIBE ACTOS DE PROSELITISMO POLÍTICO EN PLANTELES EDUCATIVOS



Ante la inquietud de las autoridades de los establecimientos educativos, docentes, representantes y padres de familia, en el sentido de que en varias ciudades del país se ha solicitado permiso para la recolección de firmas para la inscripción de partidos políticos, dentro de las instalaciones educativas, así como la distribución de propaganda política; el Ministerio de Educación a través de la Coordinación Zonal 5 mediante oficio circular N° 040-CZS-2012 dirigido a los Directores Distritales de Educación de Guayas, Los Ríos, Santa Elena, Bolívar, Galápagos, Directores y Rectores de establecimientos educativos fiscales, se les recordó las normativas legales vigentes en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI), en su Disposición General cuarta señala: “ En las instituciones educativas se prohíbe la realización de cualquier tipo de proselitismo político, así como la promoción, publicidad o propaganda de partidos y movimientos políticos u organizaciones afines. También se prohíbe, durante las horas de clase y otras actividades escolares, la participación de estudiantes, docentes y autoridades  educativas en cualquier acto de proselitismo político”.

Se entenderá como promoción cualquier evento que permita el ingreso de actores políticos a los establecimientos educativos en cualquier tipo de modalidad o acción.

Además el Código de la Niñez y Adolescencia en su artículo 52.2, prescribe que se prohíbe la utilización de niños, niñas o adolescentes en programas o espectáculos de proselitismo político o religioso.

En caso de incumplimiento de estas regulaciones, el Ministerio de Educación procederá con la aplicación de las medidas administrativas correspondientes.

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